Acto Institucional del día 1 de febrero
El jueves 1 de febrero el Parlamento cántabro celebrará, a las 19.00 h. y en el Patio Central, su solemne Acto Institucional de conmemoración de la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía para Cantabria hace 42 años. El programa conmemorativo consta del Discurso Institucional de la presidenta, María José González Revuelta, y de una posterior intervención musical, este año a cargo de la Coral Salvé de Laredo.
Antecedentes
El origen del Estado moderno se encuentra en las reformas territoriales del siglo XIX a las que Cantabria y sus distintas jurisdicciones llegan con una voluntad decidida de autogobernarse pero sin consolidación administrativa, como el caso de la Provincia de Cantabria configurada en Puente San Miguel en 1778, sin duda, la más trascendente.
La Constitución de Cádiz en 1812, tratará de superar el Antiguo Régimen y configurará un Estado con entidades territoriales que gestionen cierto nivel de competencias, las Diputaciones Provinciales.
Partiendo de la configuración de la Junta Suprema de Cantabria creada durante la ocupación francesa, a la que se apelará para justificar la creación de la Diputación -como fue el caso de otras-, y atendiendo a la Constitución, el territorio cántabro manifiesta su deseo de organizar una Diputación propia que, sin embargo, no se organizará definitivamente hasta la entrada en vigor del Real Decreto de 30 de noviembre de 1833 sobre la división civil del territorio español en la Península e islas adyacentes en 49 provincias, de Javier de Burgos.
Este Decreto es el que define el perímetro de la Cantabria que ha llegado hasta nuestros días; para su delimitación, el Decreto se basa en los estudios de Bouzá y Larramendi que ya contemplaban la necesidad de creación de una entidad independiente para «el país conocido con el nombre de Montañas de Santander». Previamente al Decreto citado, y sobre los planteamientos de ese estudio, se desarrollaría el Decreto LIX de 27 de enero de 1822 de División Provincial del territorio español (en el documento anexo, tomo VIII, 1822, páginas 186 a 246), con un contorno territorial sensiblemente mayor al que finalmente se adoptó en 1833.