30/04/2024

nada personal, solo información

«Cualquier presidente autonómico puede solicitar el Estado de Alarma en un territorio concreto»

«La aplicación de mascarillas, geles, de guantes, o mantener la distancia social es perfectamente regulable por cualquier otra reglamentación o normativa fuera del Estado de Alarma», afirma el abogado Sancho Mitchell de Diego. España desde las 00.00 h de este domingo 21 de junio ha salido del Estado de Alarma. Cantabria Directa quiere saber en qué momento jurídico estamos los ciudadanos. Derechos, libertades, obligaciones, entre otros aspectos.

ENTREVISTA CON SANCHO MITCHELL DE DIEGO. Winglet Abogados y Cónsul de Rumanía en Santander

1.- España ha estado 99 días en Estado de Alarma. ¿Cree que se ha aplicado correctamente este estado legislativo según lo que dice la Constitución Española? Sí, por supuesto que sí, aunque todo es mejorable. En 42 años de democracia nunca habíamos sufrido una situación similar… Tenemos que tener en cuenta además que la normativa aplicable para un Estado de Alarma es nada menos que dos y medio más antigua que la propia Constitución. Nos movemos en un marco normativo trementamente restrictivo…. por lo tanto la aplicación del Estado de Alarma ha sido correcto.

2.- Hay quienes consideran que se ha aplicado un estado de excepción o incluso de sitio, ¿lo cree así? No, para nada. Posiblemente el único derecho fundamental que se ha visto mermado ha sido el derecho de manifestación y de reunión… Creo que en este caso también estaba plenamente justificado.

3.- ¿Qué nos ha supuesto estar bajo el denominado ‘mando único’? Lo del ‘mando único’ es algo que no es negociable. La competencia es del Gobierno de España, es una competencia estatal… Lo único que puede supone son tiranteces entre comunidades autónomas… El ‘mando único’ es una aplicación de lo que es el Estado de Alarma.

4.- La cuestión jurídica en estos momentos es clara, ¿y a partir de ahora qué, tenemos más derechos que antes, menos, es un Estado de Alarma encubierto? No, no, para nada, tenemos los mismos derechos y las mismas libertades que teníamos antes del 14 de marzo….

5.- Por último, la ciudadanía tiene, tenemos una responsabilidad, ¿Se puede aplicar ese Estado de Alarma por territorios, en vez de todo el Estado? La aplicación del Estado de Alarma es competencia única y exclusiva del Gobierno de España… En caso de un rebrote del coronavirus cualquier presidente antonómico puede solicitar del Gobierno Central la aplicación en un territorio determinado y concreto de ese Estado de Alarma… La aplicación de mascarillas, geles, de guantes, o mantener la distancia social es perfectamente regulable por cualquier otra reglamentación o normativa fuera del Estado de Alarma.

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