20/04/2024

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Cancelada la deuda de 65.000 euros a un matrimonio de Santander que se arruinó en la pandemia

La pandemia les dejó sin ingresos durante unos meses. El Juzgado de Primera Instancia número 12 de Santander ha sido el encargado de cancelar todas las deudas pendientes de este matrimonio al que la pandemia dejó sin ingresos durante unos meses. Además del perdón de las deudas, consiguen mantener su vehículo en propiedad tras acabar de tramitar el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad. El caso ha sido llevado íntegramente por los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad especializada en procedimientos de insolvencia de ámbito nacional.

Solución a la insolvencia: cuándo acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad
Esta pareja de Santander había gozado desde 2008 hasta 2019 de cierta tranquilidad financiera, debido a contar con dos nóminas estables y contratos laborales indefinidos. Tanto fue así que los bancos y entidades financieras ofrecieron varios préstamos y tarjetas de crédito, que inocentemente aceptaron contratar. Los pagos de estas deudas fueron al corriente hasta que sus ingresos se vieron reducidos prácticamente a la mitad entre 2020 y 2021. Por un lado, se acortó la jornada laboral de la esposa tras pasar varios meses por un ERTE y, por otro, el marido causó baja por incapacidad temporal, situación que hoy sigue persistiendo.

Fue a finales de 2020 cuando aparecieron los primeros impagos. Pronto comenzaron las llamadas por parte de las entidades bancarias reclamando el cobro de la deuda e incluso amenazas de embargo. Esto generó una situación de estrés en los deudores por lo que decidieron buscar una solución a su insolvencia. Para ello, a inicios de 2021, contactó a los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Tras ser asesorados por estos abogados decidió declararse insolvente y tramitar el comúnmente denominado “proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad”.

El esfuerzo de los asociados antes de decidirse a comenzar el proceso no solo supuso una merma económica sino también psicológica. Así lo explica Mónica Puente, abogada de la Asociación: “No es poco frecuente que estos deudores que acumulan varios créditos que no pueden afrontar traten de de hacer “la guerra por su cuenta” y agoten gran parte de sus ahorros sin conseguir solucionar el problema. Es “como nadar hasta la extenuación y morir en la orilla”; suele crear bastante frustración. Nuestra relación con los asociados también supone dar cierto apoyo anímico”.

Beneficios de iniciar los primeros trámites preconcursales
Solo con presentar el preconcurso inicial se obtiene un beneficio: suspender obligación de pago, permitiéndole un ahorro mensual, y proteger sus bienes ante posibles embargos. “Las consecuencias inmediatas del proceso es algo muy positivo para la mejora en la situación de los asociados. El respiro económico es fundamental para ellos”, detalla Puente. El siguiente paso es intentar un acuerdo con todos los acreedores para conseguir una rebaja importante de la deuda total. Pese a la propuesta presentada a todas las financieras, resultó imposible el acuerdo dada la negativa por parte de los terceros a aceptar tal propuesta.

Esto que puede sonar como una mala noticia, sin embargo, hizo que los deudores tuvieran el derecho al 100% del perdón de sus deudas, ya que ellos de buena fe intentaron pagar algo, y fueron causas ajenas a su voluntad las que lo evitaron.  El resultado esperado, es decir, la exoneración del pago de los créditos fue concedido por el Juzgado de Primera Instancia N.º 12 de Santander.

Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos. Estos son: la insolvencia del interesado, que la cuantía global de la deuda no supere los cinco millones de euros, el intento de un acuerdo de pagos y, por supuesto, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos. Todo esto se resume en que el solicitante sea un deudor “de buena fe”. Comprobadas las condiciones, la resolución fue dictada el pasado 18 de julio concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando a estos deudores libre de pagar 64.192,06 euros y mantener su vehículo en propiedad.

Desde entonces, los acreedores de los asociados -entre ellos ACREEDORES- no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirlo en ficheros de morosos. No es el primer caso en el que la Asociación de Ayuda al Endeudamiento consigue exonerar a un vecino de Santander. El más reciente fue el 13 de junio liberando a un empresario del sector inmobiliario 270.000 euros tras el quiebre de su negocio. Todas las sentencias son de acceso gratuito en la web de la entidad.

 

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