25/04/2024

nada personal, solo información

Los animales de compañía ya cuentan con el DNI identificativo

BOE-A-2021-20727

DESCARGUE AQUÍ LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL. Nombre de la mascota, historial veterinario y datos del dueño o persona responsable. Estos son los principales conceptos que recoge la identifiación de los animales de compañía y que estarán en el DNI aninal.

Ha entrado en vigor una nueva Ley de Protección y Derechos de los animales. Entre otras medidas, la Ley recoge la obligatoriedad de tener un DNI animal. El objetivo que se persigue es el de crear un registro de animales de compañía para tenerlos identificados y poder asegurar sus derechos.

“Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección”, se indica en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

«La autoridad judicial confiará para su cuidado a los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, y determinará, en su caso, la forma en la que el cónyuge al que no se le hayan confiado podrá tenerlos en su compañía, así como el reparto de las cargas asociadas al cuidado del animal, todo ello atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal, con independencia de la titularidad dominical de este y de a quién le haya sido confiado para su cuidado.Esta circunstancia se hará constar en el correspondiente registro de identificación de animales.», asi lo recoge la modificación de parte de la ley.

Con esta ley en vigor existe la obligatoriedad de “la inscripción de cualquier animal de compañía que, conforme a lo dispuesto en esta ley o en las disposiciones normativas de las comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, dispongan de cualquier sistema de identificación”.

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