27/04/2024

nada personal, solo información

¿Son válidas las facturas simplificadas donde no ponen los datos de mi empresa? Es el caso de la restauración.

No, Cuando el destinatario sea un empresario o profesional que quiera deducir el impuesto o, un particular que exija factura para ejercer un derecho de naturaleza tributaria, deberá hacerse constar además, el NIF y domicilio del destinatario y la cuota repercutida.

Las facturas simplificadas, contendrán con carácter general, los siguientes datos:

  • Número y en su caso serie.
  • Fecha de expedición y fecha de la operación si es distinta de la anterior.
  • NIF e identificación del expedidor.
  • Identificación del bien entregado o servicios prestados.
  • Tipo impositivo y, opcionalmente también la expresión “IVA incluido”. Si hay operaciones sujetas a diferentes tipos impositivos deberá especificarse por separado y además, la parte de Base Imponible correspondiente a cada operación.

–        Contraprestación total.

Se pueden emitir facturas simplificadas en los siguientes supuestos:

1)      Su importe no exceda de 400 €, IVA incluido.

2)      Deba expedirse una factura rectificativa.

3)      Su importe no exceda de 3.000 €, IVA incluido y se trate de las siguientes operaciones:

  • Ventas al por menor.
  • Venta o servicios de ambulancia o a domicilio del consumidor.
  • Transporte de personas y sus equipajes.
  • Servicios de hostelería y restauración y salas de baile y discotecas.
  • Servicios telefónicos prestados mediante cabinas telefónicas de uso público, o mediante tarjetas que no permiten la identificación del portador.
  • Servicios de peluquerías, institutos de belleza, tintorerías y lavanderías.
  • Utilización de instalaciones deportivas, aparcamiento de vehículos y autopistas de peaje.
  • Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos y alquiler de películas.
Scroll al inicio