25/04/2024

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Reclamación social para indemnizar al almacén Castor

La Asociación de Consumidores Reunidos (ACOREO) ha presentado una reclamación judicial para que las comercializadoras de gas natural devuelvan a los consumidores el pago de las cantidades correspondientes a la indemnización a Escal-UGS por la hibernación del almacén submarino de gas Castor, que nunca comenzó a operar.

En agosto de 2013, a consecuencia de las tareas para hacer pruebas de llenado del almacén de gas submarino frente a las costas de Vinaroz (Castellón), se inició una serie sísmica que fue sentida por la población, a consecuencia de la cual el Gobierno decretó su cierre. Posteriormente, en 2017, acordó que la instalación no volvería a utilizarse ante el riesgo de que se pudiera producir un terremoto de magnitud hasta 6,8 después de un estudio elaborado por el Massachusetts Institute of Technology (MIT).

Ahora, la Asociación entiende que durante los últimos tres años, los usuarios de gas natural han pagado de forma indebida uno total de 80 millones de euros al año en compensación del almacén.

La ACOREO ha interpuesto una reclamación judicial a 13 comercializadoras de gas natural que supondrán casi el 95 por ciento de todo el mercado y a 7,5 millones de usuarios de Gas Natural.

En concreto, las empresas que se podrían ver afectadas por esta demanda son Gas Natural Comercializadora S.A.; Gas natural Servicios SDG, S.A.; Endesa Energía S.A.; Cepsa Gas Comercializadora S.A.; Iberdrola, S.A.; Unión Fenosa Gas Comercializadora; BP Euorpe, SAU, Shell España s.a.; Bahía de Vizcaya Electricidad S.A.; Viesgo Energía S.L.; Sonatrach Gas Comercializadora SAU; Axpo Iberia S.L. y EDP comercilizadora SAU.

El presidente de ACOREO, José Alfredo Domínguez Tuset, explica que el objetivo de la reclamación es «sencillo» y lo que pretende es identificar a los afectados y posteriormente reclamara el retorno de lo pagado indebidamente.

La asociación destaca que sus acciones judiciales se dirigen tanto a sus asociados como a los consumidores en general a consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional de 21 de diciembre de 2017, por la que se anuló la autorización de derecho de cobro al sistema gasista del importe de la indemnización de 1.350 millones de euros.

«Esta cantidad fue pagada a la empresa ESCAL UGS por la «hibernación» del proyecto de las instalaciones de almacenamiento subterráneo Castor», ha recordado Domínguez.

Así, afirma que la nulidad es «demoledora» y «no admite fisuras ni consideraciones alternativas». Por ello, afirma que sus efectos implican que «cada una de las partes afectadas debe volver a la posición que tenía al principio, por lo que los usuarios de gas natural en España «tienen derecho a que se les abonen las cantidades que les han cobrado en sus recibos por ese concepto».

De momento, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha paralizado el pago de las liquidaciones a los bancos con derecho a ese cobro (Santander, La Caixa y Bankia), ya que estos habían financiado el pago de la indemnización a través de la empresa pública Enagas, que es el gestor técnico designado por el gobierno para esta operación.

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