01/12/2024

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«Discotecas, salas de fiestas y baile, pubs… cierre máximo a las 02.00 h». (Descargue aquí las medidas)

2021-5296

«… discotecas, salas de fiestas y de baile con espectáculos, pubs, discotecas, salas de fiestas y de baile, sin o con pequeñas actuaciones en vivo de carácter musical, artístico y cultural)… el horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 02:00 horas«.

La Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria ha publicado esta tarde en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma la resolución que recoge las nuevas medidas Covid en la región, que en términos generales suponen una flexibilización de aforos en espacios y actividades y supresión de límites máximos de personas debido a la buena evolución de la pandemia -por la caída de contagios y sobre todo hospitalizados- y también de la campaña de vacunación.

El normativa hacia la ‘nueva normalidad’ entra en vigor esta medianoche, es decir: es aplicable desde las 00.00 horas del sábado 5 de junio, según el anuncio del BOC.

Debido a la evolución del Covid y también en base al acuerdo aprobado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el ocio nocturno podrá abrir hasta las dos de la madrugada en aquellos municipios con menores niveles de riesgo Covid -1 y 2-, pero en ningún caso se permitirá hasta las 3.00 -hora ampliable que da como opción el CISS-, ya que la comunidad ha optado por una desescalada «prudente y paulatina».

Por su parte, los establecimientos de hostelería y restauración tendrán que cerrar a la una de la madrugada, tras lo acordado entre el Ministerio de Sanidad y la mayoría de las autonomías -once votaron a favor y seis en contra-, y que es «de obligado cumplimiento», según han indicado distintas autoridades cántabras, que han señalado que esta autonomía está en una fase de «transición» hacia un periodo de post-pandemia.

En ese escenario hacia la ‘nueva normalidad’ destacan los nuevos horarios a restaurante y bares, que ahora podían abrir según el de licencia, después de que la justicia anulara los cierres anticipados impuestos por el Ejecutivo al decaer el estado de alarma, primero a las diez y media de la noche y después a la una de la madrugada. Esta última hora se fija de nuevo como tope, en base al acuerdo del CISS.

Además, con motivo de la ‘desescalada’ el ocio nocturno -discotecas, pubs, salas de fiesta y baile o whiskerías- podrán abrir hasta las dos de la madrugada, pero solo en lugares que estén en nivel 1 y 2 de riesgo Covid -en los que el CISS da la opción de hacerlo hasta las tres de la madrugada- y con un aforo máximo del 50% y un tercio, respectivamente.

En el primer caso, se limita a seis el número de personas que pueden sentarse en una mesa en el interior de estos locales, y se eleva a diez si es en el exterior. Y en las zonas en alerta 3 y 4 por la pandemia no está permitida la apertura de estos establecimientos. Cantabria «de momento» se ha fijado el cierre de estos negocios a las dos de la madrugada y «en ningún caso» será ampliable hasta las tres, ya que se ha optado por hacer una «primera desescalada» caracterizada por ser «prudente y paulatina».

En términos generales, sobre la relajación de medidas al sector y en otras actividades, el cambio «sustancial» respecto a las limitaciones en vigor tiene que ver con los aforos.

Así, se flexibilizan «muchos» y se suprimen también números máximos de personas que podían concentrarse en un lugar. En el caso de bares y restaurantes se mantienen los ya establecidos, del 50% en el nivel uno y de un tercio en el dos. En las actividades deportivas, son del 75 y 50%, respectivamente, y se han eliminado las limitaciones máximas de asistentes, que ahora dependen del aforo de la instalación.

La nueva normativa no contempla ninguna limitación para las actividades de turismo activo y naturaleza en las zonas 1 y 2 y grupos máximos de 6 personas para los municipios en zona 3 y de 4 para los municipios en zona 4. Por lo que respecta a las playas, contempla el aforo máximo del 100% en la zona 1, del 75% en zona 2; y del 50% en los municipios que estén en zona 3 y 4; en esta última el tránsito y la permanencia en las playas se limitará al paseo y a la práctica del deporte.

Los hogares del jubilado mantienen la limitación de aforo interior en un 75%, y la limitación de un máximo de 6 personas por mesa en la zona 1; aforo interior del 50% y máximo de 6 personas en zona 2 y se suspende su actividad en las zonas 3 y 4.

La norma también recoge modificaciones para velatorios y entierros; ceremonias y celebraciones civiles; establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público; mercadillos; centros y parques comerciales, entre otras muchas medidas.

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