«De no pagar la luz en Laredo, a ser capitán en Torrelavega»

El nuevo capitán jefe de compañía de Torrelavega, comisionado durante seis meses en la capital del Besaya, no pagó ninguna factura de la luz durante los tres años que residió en la vivienda oficial del cuartel de Laredo

La veracidad de la información ha imperado a las pretensiones ‘absolutistas’ de anteriores mandos en la comandancia de la Guardia Civil en Cantabria.  En la mañana de este miércoles 8 de julio se ha dado a conocer que un juzgado de Madrid ha apoyado una información publicada por el periódico digital https://theobjective.com . Un mando de la Guardia Civil cuando estuvo destinado como teniente adjunto en la Compañía de Laredo (Cantabria), no pagó ninguna factura de la luz durante los tres años que residió en la vivienda oficial del cuartel, contraviniendo lo que dicta la normativa interna del Cuerpo.

A este respecto tan solo añadir dos puntos a la información publicada por el  https://theobjective.com este miércoles 8 de julio. La actual directora general de la Guardia Civil, Mercedes González Fernández, quien asumió el cargo en septiembre de 2024 y además tiene un perfil periodístico ha considerado a este capitán, según ha podido constatar Cantabria Directa y protagonista de los hechos de Laredo, el idóneo para ir comisionado a Torrelavega durante seis meses, siendo propuesto para ello por los jefes de la comandancia de Cantabria.  En este affaire se realizó una información reservada en el cuerpo y la Guardia Civil consideró que esto no era delito alguno ni requería aplicar la posibilidad de caer en una teórica infracción disciplinaria. Estos hechos se produjeron en la comandancia de Cantabria en Campogiro en Santander, siempre bajo el mando ‘totalitario’ del coronel Antonio Orantos. Por último, hay que que recordar que el citado coronel fue ascendido a general por sus méritos.

The Objective gana una demanda contra un mando de la Guardia Civil que pinchó la luz en su vivienda / La Justicia desestima las pretensiones del capitán del Cuerpo y le condena al pago de las costas procesales 

El Juzgado de Primera Instancia número 51 de Madrid ha desestimado de forma íntegra la demanda por intromisión del derecho al honor interpuesta por el capitán de la Guardia Civil Rafael Arisqueta Martínez contra THE OBJECTIVE y el periodista Enrique Recio. Con este fallo, el juez avala la veracidad de las informaciones publicadas por este periódico, que denunció que el citado mando, cuando estuvo destinado como teniente adjunto en la Compañía de Laredo (Cantabria), no pagó ninguna factura de la luz durante los tres años que residió en la vivienda oficial del cuartel, contraviniendo lo que dicta la normativa interna del Cuerpo.

La sentencia, que impone además el pago de las costas a la parte demandante, destaca que la información transmitida era de interés público, habida cuenta de que se refiere a un «asunto público por cuanto que, en última instancia, los perjudicados por la falta de pago de las facturas del suministro eléctrico serían la propia ciudadanía que paga sus impuestos». Además, el juez destaca que el artículo cita como fuente la denuncia que un agente interpuso en un canal interno de la Guardia Civil y que posteriormente se ratificó a través de un oficio de la Benemérita incorporado a la causa. El Cuerpo investigó los hechos desvelados por este diario.

«Según las investigaciones de las que luego se hace eco el artículo, durante más de dos años el demandante era conocedor de que su contrato no estaba activo, no abonando ninguna cuantía por el consumo eléctrico, siendo igualmente conocedor de que tal consumo estaba siendo abonado por la Guardia Civil (o sea, por todos los ciudadanos), resultando, además, que, según consta en la investigación, el demandante habría dicho al jefe de la plana mayor que todo estaba solucionado, cuando no era así». «Todo consta en la investigación oficial a que se ha hecho referencia», esgrime la resolución judicial.

Por último, la resolución destaca que la información no puede advertirse desde el prisma injurioso o insultante contra el mando de la Guardia Civil, pues el «posible menoscabo de la fama o estimación del actor deviene de los propios hechos y no del enfoque o tratamiento de la noticia, sin que pueda presumirse intencionalidad alguna de afectar a la buena fama y reputación del demandante, al no encontrarnos ante infamias que ponen en duda su probidad o ética en el desempeño de su actividad profesional». Y añade: «La repulsa social deviene del propio acto, de las irregularidades detectadas. El artículo se limita a transmitir información veraz y a crear opinión formada sobre sucesos con trascendencia pública (…).»

Fuente del artículo:  https://theobjective.com/espana/tribunales/2026-07-08/the-objective-demanda-mando-guardia-civil-luz-vivienda-oficial/

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