Anuncio número 2025-10953 - 2025-10953
Inclusión Social destina más de un millón de euros
El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado hoy -lunes, 5 de enero de 2026- la convocatoria de para la concesión de subvenciones destinadas para entidades sin ánimo de lucro, para sufragar los gastos derivados de la implantación del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa BÁSICO) en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El objeto de dicha orden es establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones de concurrencia competitiva, para sufragar los gastos que conlleva la puesta en marcha durante el año 2026 de un programa de provisión de tarjetas o vales canjeables por productos de alimentación y los englobados en la llamada asistencia material básica, para familias con menores a cargo que se encuentren por debajo del umbral de pobreza severa.
Para dicho fin, la consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a través del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, ICASS, destina un importe máximo de 1.033.870 euros. Esta cantidad se dividirá en tres tipos de actuaciones que deben realizar los beneficiarios de las ayudas: 920.222 euros, para satisfacer los gastos en alimentos y resto de productos incluidos en la asistencia material básica; 64.416 euros para sufragar medidas de acompañamiento, y la cantidad restante, 49.232 euros, corresponde al tipo fijo para gastos de asistencia técnica.
Asimismo, se contempla que el crédito disponible para esta convocatoria se podrá ver incrementado en una cuantía adicional, con cargo a mayores ingresos previsto del Fondo Social Europeo Plus en el marco del Programa BASICO FSE+ de Asistencia Material Básica, en base al artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se apruebe el Reglamento de la Ley 38/2003, de 18 de diciembre, General de Subvenciones. Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones a que se refiere esta Orden las entidades del Tercer Sector de Acción Social definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, así como la Cruz Roja Española, que cumplan los siguientes requisitos:
Acreditar experiencia
Estar legalmente constituida al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones y estar en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales regulado mediante Decreto 40/2008, de 17 de abril. Carecer de fines de lucro, y tener objetivos institucionales relacionados con la cooperación, solidaridad y bienestar social, que estén recogidos como tales en sus estatutos propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables. Acreditar experiencia y especialización en la atención a personas afectadas por Privación Material Severa, por lo que deberá aportar documentación de al menos tres programas realizados en ejercicios anteriores de reparto de alimentos.
Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines acreditando la experiencia operativa necesaria para ello. Para demostrarlo, el volumen global de los ingresos percibidos por la entidad el año inmediatamente anterior a la convocatoria, independientemente de su origen y tipología, deberá ser igual o superior a 150.000 euros. Por último, que el ámbito de actuación sea en la Comunidad Autónoma de Cantabria y desarrollar sus actividades, de manera real y efectiva, en la misma. Las solicitudes de subvención se formalizarán en el impreso normalizado que figure en el Anexo I de la presente convocatoria y se presentarán en el plazo máximo de quince días hábiles a partir de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.