El Ayuntamiento aprobó conceder y por unanimidad al Policía Local condenado por violencia de género un complemento mensual de 1.554,98 €

«ACUERDOS DEL 26 DE MAYO DE 2014: Todos ellos adoptados por unanimidad»

«El Juzgado de lo Penal número 5 de Santander ha condenado a Francisco Javier Gallego Gamucio, asesor  del Ayuntamiento de Santander, por dos delitos de violencia de género«. Se trata de un individuo que se ha movido con gran facilidad no solo en las dependencias municipales desde hace varios años, sino que ha gozado de la amistad personal de varias de las autoridades que han pasado por la casa consistorial santanderina desde hace un tiempo. Hace unos días el periódico digital  https://www.elfaradio.com   hizo pública una sentencia que, al parecer, tiene dos partes.

En la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL del Ayuntamiento de Santander de fecha 26 de mayo de 2014  se tomaron una serie de acuerdos, todos ellos adoptados por unanimidad y en ellos se detalla que en 2008 este individuo goza de prebendas municipales. Entre ellos figuran una serie de cambios en el trabajo desempeñado por «puesto nº 1.1.282, Policía Local». En aquella junta de mayo de 2014 se detalla que «desde el mes de marzo de 2008, se asignó a las Concejalías de Barrios, Participación Ciudadana y Servicios Generales, y de Cultura y Ocio, un funcionario de la Policía Local para que colaborara con las mismas en aquellas cuestiones comunes a ambas en relación a los siguientes ámbitos: A) Concejalía de Barrios, Participación Ciudadana y Servicios Generales. Reuniones con asociaciones vecinales y canalización de sus demandas ante las demás Concejalías, mediante un contacto permanente e impulso de la participación ciudadana en la vida municipal. b) Concejalía de Cultura y Ocio. Potenciación de actividades y utilización de espacios públicos. En tal sentido, se tuvo en consideración, también, la inminente creación de la Policía de Distrito con el fin de profundizar en el mantenimiento de relaciones más cercanas con los vecinos y sus asociaciones, así como con la comunidad educativa, asociaciones de padres, educadores de calle, unidades de trabajo social o comerciantes y sus asociaciones».

FUNCIONES DEL POLICÍA MUNICIPAL CONDENADO

Las funciones laborales que se la asignan son tan amplias, que al final se detalla un ‘etc‘:

«se asignó al Policía Local D. Francisco Javier Gallego Gamucio, que entre sus cometidos viene realizando las siguientes tareas: Relación directa con las asociaciones vecinales en relación a sus demandas y necesidades, efectuando visitas periódicas como apoyo al Concejal de Barrios. Asistencia e intervención en programación y coordinación de eventos municipales relacionados con Semana Grande, Navidades, Reyes, Carnaval y otro tipo de actividades de ocio, culturales, etc. Coordinación con los colectivos vecinales en las programaciones de eventos que las mismas realizan. Coordinación y colaboración de eventos programados por colectivos o asociaciones culturales en las vías públicas. Contacto y seguimiento permanente en las relaciones con los diferentes colectivos vecinales, culturales, educativos, de trabajo y educación social, de comerciantes, etc., en cuanto a las actividades que organizan en las vías públicas. Seguimiento y colaboración en la distribución del Boletín Municipal en los asuntos relacionados con los colectivos vecinales. Colaboración con el resto de las Concejalías en relación con aspectos o asuntos relacionados con los barrios, colectivos vecinales, etc

EMOLUMENTOS ECONÓMICOS: «Complemento Específico mensual (14 pagas), de 1.554,98 €»

Para llevar a cabo las funciones anteriormente citadas se precisa una dedicación especial y por ello en aquella junta se aprobaron unos acuerdos económicos «todos ellos adoptados por unanimidad«.

«ACUERDOS: PRIMERO.- Modificar la RPT, respecto del puesto de trabajo nº 1.1.282, destinado a las tareas anteriormente indicadas, en los términos siguientes: Jornada: Se modifica dejando sin efecto la jornada II (prolongación), pasando a Jornada III (37,5 horas semanales más disponibilidad de hasta 200 horas anuales), lo que supone un Complemento Específico mensual (14 pagas), de 1.554,98 €. El sistema de provisión de dicho puesto, pasa a ser la Libre Designación (LD). Dependencia funcional de Concejalías competentes en Barrios, Participación Ciudadana y Servicios Generales, y de Cultura y Ocio. En lo demás, no se establece variación sobre las restantes condiciones del puesto y retribuciones de la RPT. SEGUNDO.- Asignar un sistema horario de flexibilidad plena al referido puesto, reconociendo por tal concepto un complemento de productividad de 258,40 € mensuales en doce mensualidades, en tanto se mantenga dicha flexibilidad».   TERCERO.- La asignación de las condiciones y retribuciones anteriormente indicadas lo será con efectos al 1 de enero de 2014, y será incompatible con la percepción de gratificación por servicios extraordinarios o cualquier otra retribución derivada de las peculiaridades de jornada y horario».

Imagen:  Son algunas de las imágenes que hay en las redes sociales.

 

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