«… cese en la vía de hecho, en relación a las obras de construcción de la Plataforma de la Línea de Alta Velocidad Palencia-Aguilar de Campoo, tramo Palencia-Palencia Norte; declarando que se está realizando una actuación constitutiva de vía de hecho, siendo la misma contraria a derecho, debiendo por ello proceder al cese de dicha actuación, reponiendo los terrenos e instalaciones afectadas al estado en que se encontraban previamente a la iniciación de las obras referidas …. «, falla la Audiencia Nacional
El Juzgado Central de lo contencioso administrativo número cuatro ha dado la razón a la asociación Ecologistas en Acción Palencia en el contencioso que mantenía con Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif). Este litigio fue abierto por las obras de una línea de alta velocidad y desecha las alegaciones presentadas por Adif al entender que la construcción de la línea no es legal, publica el Ente Público https://www.rtve.es
Esta sentencia ( https://files.qualifio.com/library/prisa_noticias/emails/emisoras%20varios/sentencia-palencia%20(2).pdf ) no es firme y Adif todavía tiene la posibilidad de pedir un recurso de apelación que deberá ser entregado en el mismo Juzgado. El operador de infraestructuras tiene quince días para notificar el recurso. El Juzgado ha ordenado la suspensión de las obras y obliga a la empresa pública a «reponer los terrenos e instalaciones afectadas a su estado original» según la sentencia.
Según Adif, la llegada de la alta velocidad a Cantabria es un proyecto irrenunciable
A pesar de todo, desde Adif afirman que van a esperar a recibir la sentencia para poder estudiar su contenido y evaluar las diferentes posibilidades dado que no es un auto firme. Según Adif, la llegada de la alta velocidad a Cantabria es un proyecto irrenunciable y por eso sigue apostando por la construcción de la línea Palencia-Aguilar de Campoo.
El fallo
«Desestimar las excepciones procesales de falta de legitimación activa, de extemporaneidad del recurso contencioso-administrativo y de inexistencia de vía de hecho, alegadas por la Abogacía del Estado, y entrando en el fondo del asunto, estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación Ecologistas en Acción Palencia-Aedenat Palencia contra la desestimación por silencio del requerimiento formulado por ADIF en fecha 24-11-2023, de cese en la vía de hecho, con relación a las obras de construcción de la Plataforma de la Línea de Alta Velocidad Palencia–Aguilar de Campoo, tramo Palencia-Palencia Norte», indica el fallo del Juzgado.
Se ha declarado, por tanto, que se está realizando una actuación «constitutiva de vía de hecho, siendo la misma contraria a derecho, debiendo por ello proceder al cese de dicha actuación, reponiendo los terrenos e instalaciones afectadas al estado en que se encontraban previamente a la iniciación de las obras referidas; sin hacer especial pronunciamiento sobre la imposición de las costas».
Valoración del Ayuntamiento: Satisfacción
Por su parte, el Ayuntamiento de Palencia, ha valorado positivamente el fallo del Juzgado a través de una nota de prensa. Desde la Administración palentina afirman que las acciones de Adif tienen el agravante de la discrepancia entre el proyecto del AVE a Cantabria con respecto a los estudios informativos que se realizan entre los años 2010 y 2018.
El Gobierno de la ciudad considera que el fondo de la sentencia tiene que servir de ejemplo al Ministerio de Transporte para que este cumpla con los estudios informativos. Desde el Ayuntamiento afirman que la alcaldesa, Miriam Andrés Prieto, señaló a Óscar Puente, ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, que las obras no resultaban compatibles con las estudios publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y, por tanto, las declaraciones del ministro sobre la «compatibilidad» del soterramiento no eran ciertas.